Medicamentos se usarán solo en pacientes hospitalizados y a consideración de los médicos especialistas tratantes
El Ministerio de Salud aprobó la Resolución Ministerial Nº 139-2020/MINSA que adjunta el Documento Técnico: Prevención y Atención de Personas Afectadas por Covid-19 en el Perú, que establece acciones dirigidas a la prevención, diagnóstico y sobre todo, tratamiento de las personas afectadas.
Este dispositivo legal, refrendado por el titular de Salud, Víctor Zamora, toma en cuenta que si bien no hay tratamientos específicos dirigidos a pacientes con sospecha o confirmación de infección por el virus del Covid-19, se informa que existen estudios internacionales sobre el uso de fármacos en atención de pacientes Covid-19 que ofrecen un limitado nivel de evidencia.
Estos medicamentos son: Cloroquina, Hidroxicloroquina, Azitromicina, Lopinavir/ritonavir, entre otros. Y su uso solo será para el manejo de casos moderados y severos (solo pacientes hospitalizados).
El Minsa, a solicitud de las Sociedades Científicas Nacionales y en consenso con el Grupo de Trabajo Covid-19, acoge la propuesta de poner a consideración de los médicos especialistas tratantes, sobre la base de una evaluación individual del paciente y previo consentimiento informado, los esquemas de tratamiento que las Sociedades Científicas Nacionales sugieren.
El documento técnico encarga a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública la supervisión, monitoreo y difusión de lo dispuesto.
La medida normativa también brinda características principales del Covid-19, signos de alarma, factores de riesgo de la enfermedad, clasificación clínica (casos leve, moderado y severo), así como la evaluación y manejo de pacientes según dicha clasificación, con y sin factores de riesgo.
El documento deja sin efecto la Resolución Ministerial Nº 084-2020/MINSA, que aprobaba el Documento Técnico: Atención y Manejo Clínico de Casos Covid-19, escenario de transmisión focalizada.
Añadir nuevo comentario